martes, 11 de noviembre de 2008

PARTIDO PALERMITANO PAGINA CENTRAL
click aqui

martes, 7 de octubre de 2008

1956 o 2008?

1956. " A los derrumbes naturales se adelantaban los compradores de solares. Daban el desalojo y mandaban demoler con pico y pala las viejas casas para edificar palacetes de ocho pisos o mas. Podian esperar buenas rentas, asi que poco les importaba el destino de la gente echada a la calle."
Kroch, E. y otros "Cronicas del barrio sur".

LA INTEGRACION NO ESTA MAL

"hay algunos que no saben tocar que se meten, los blancos sobre todo, y se cruzan y suena feo, por ejemplo este que esta pasando de pantalon rojo (...) hay una muchacha blanca tocando el chico que es una verguenza, esto es cosa de negros a mi me da lastima esa chiquilina. anosotras no se nos pone ninguna mujer blanca a bailar (...) atras esta la comparsa y adelante nosotras, porque esto es nuestro, se lleva en la sangre (...) esto no es del pueblo, es de nosotros, de los negros, y los blancos que se estan metiendo lo arruinan rodo, porque esta bien que vengan a ver, porque la integracion no esta mal (...)

fragmentos tomados de una conversacin informal. rejistrada por Adriana Goni. 1999

domingo, 14 de septiembre de 2008

lunes, 8 de septiembre de 2008

martes, 26 de agosto de 2008

radicales de palermo

PROPIEDAD HORIZONTAL

Ley 10.751, modificativas y concordantes.En nuestro país la copropiedad no cuenta con personería jurídica, de modo que en caso de ser necesario demandar "al edificio", habrá que demandar en forma individual a todos y cada uno de los copropietarios. En cuanto a su naturaleza jurídica, existen diferentes posiciones, de entre las cuales destacaremos las dos corrientes de pensamiento más relevantes: la teoría MONISTA, que entiende que la propiedad horizontal consagra una forma nueva y diferente de estar la cosa en propiedad, caracterizada por el ejercicio de un poder exclusivo y más intenso en las partes que se destinan al uso individual, y un poder compartido de acuerdo al valor real de cada unidad, sobre los bienes afectados al uso común; y la teoría DUALISTA, que entiende que en la propiedad coexisten dos tipos de propiedad: la propiedad individual y la propiedad común. Estas dos clases de propiedad se combinarían de una cierta manera permitiendo explicar el fenómeno de la propiedad horizontal.